La nueva condición para acudir a los tribunales

 

La  aprobación de la Ley Orgánica 1/2025 introduce un cambio estructural en el Sistema Procesal Español; a partir de ahora, será obligatorio intentar una resolución extrajudicial del conflicto antes de acudir a los tribunales en numerosas materias en el ámbito civil. Este nuevo requisito de procedibilidad busca aliviar la saturación judicial, fomentar el diálogo y reducir costes y tiempos para las partes implicadas. Desde luego son muy loables los objetivos de este cambio procedimental. Otra cosa muy distinta es si la vía adoptada – la imposición obligatoria de un MASC como requisito previo – va a constituir la solución o, por el contrario, creará una nueva barrera para alcanzar  la cada vez más inaccesible tutela judicial efectiva. El proceso de elaboración y el contenido de la Ley, así como los primeros pasos de la misma no conducen al optimismo, pero démosle algo de tiempo para ver si se corrige este mal comienzo

En todo caso es evidente que, para empresas y ciudadanos, esta reforma supone un cambio de mentalidad y de práctica. Desde Caveat Abogados, recomendamos adaptarse al nuevo escenario en la gestión de conflictos, revisar los protocolos internos al respecto y establecer medidas  para documentar adecuadamente cada intento de resolución extrajudicial. Esperemos, como todos los operadores jurídicos, que esta norma impulse una justicia más ágil, responsable y centrada en soluciones efectivas sin que se convierta, como tantas actuaciones del legislador, en un mero wishful thinking.