En la jornada celebrada recientemente en la Cámara de Comercio de Ciudad Real, desde Caveat abordamos —junto a Miguel Ángel Pendón Meléndez (Catedrático de Derecho Mercantil en la Universidad de Cádiz y Of Counsel de la Firma) y Manuel Bellido Mengual (socio fundador de Caveat y profesor de Derecho Mercantil en la Universidad de Sevilla)—, desde una perspectiva esencialmente práctica e internacional, los medios de protección a los que pueden acudirse cuando la mercancía no llega, llega tarde o se recibe defectuosa. Recogemos brevemente algunas de las conclusiones alcanzadas tras un amplio diálogo con los asistentes:
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Frente al impago, el de los defectos de la mercancía ha sido habitualmente un tema menos estudiado a la hora de examinar las patologías de las operaciones de comercio internacional.
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Aunque se considere que es una cuestión que interesa solo a los importadores, lo cierto es que también tiene mucha incidencia en los exportadores, dado que estos, al poder sufrir su alegación, tienen que saber cómo actuar al respecto.
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No existe una normativa internacional única y homogénea en la materia, situación que se reproduce igualmente al examinar los ordenamientos nacionales.
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Frente a situaciones de riesgo en este ámbito, lo que procede es:
• Observar la mayor diligencia en el control de la mercancía y de su adecuada entrega.
• Denunciar los defectos dentro de los plazos y de la manera legal, consuetudinaria o contractualmente previstos.
• Obtener y conservar las pruebas del incumplimiento contractual.
• Reclamar en los plazos, forma y ante la jurisdicción competente.
Desde Caveat iremos desarrollando, en futuras entradas, algunas notas prácticas sobre cada una de estas medidas.